LEY No. 1770 LEY DE ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN DEL 10 DE MARZO DE 1997 TITULO PRELIMINAR CAPITULO UNICO DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO lo.- (Ámbito normativo) Esta Ley establece la normativa jurídica del arbitraje y la conciliación como medios alternativos de solución de controversias, que facultativamente pueden adoptar los sujetos jurídicos antes de someter sus litigios a los tribunales ordinarios e inclusive durante su tramitación judicial. ARTICULO 2o.- (Principios) Los siguientes principios regirán al arbitraje y la conciliación como medios alternativos de solución de controversias: 1. PRINCIPIO DE LIBERTAD, que consiste en el reconocimiento de facultades potestativas a las partes para adoptar medios alternativos al proceso judicial para la resolución de controversias. 2. PRINCIPIO DE FLEXIBILIDAD, que consiste en el establecimiento de actuaciones informales, adaptables y simples. 3. PRINCIPIO DE PRIVACIDAD, que consiste en el mantenimiento obligatorio de la necesaria reserva y co...
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